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ACTA 5 DE MAYO DE 2019 ATRIBUCION LOCALES CAMPAÑA

ACTA 5 DE MAYO DE 2019 ATRIBUCION LOCALES CAMPAÑA

PRIMERO.-DISTRIBUCIÓN LOCALES PARA CAMPAÑA ELECTORAL.

De conformidad con el artículo 57.3 de la LOREG se acuerda atribuir los locales disponibles conforme a la publicación del Boletín Oficial del Principado de Asturias, en función de las solicitudes y cuando sean coincidentes, atendiendo al criterio de igualdad de oportunidades y, subsidiariamente, a las preferencias de los partidos, federaciones o coaliciones con mayor número de votos en las últimas elecciones equivalentes en la misma circunscripción.
La asignación de los mismos es de la forma que se indica a continuación, por circunscripción electoral.

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ACTA 5 DE MAYO DE 2019 ATRIBUCION LOCALES CAMPAÑA